POSICIONAMIENTO DE TRIBUNA EN EL CONGRESO DE MICHOACÁN DE OCAMPO , LXIII LEGISLATURA CON RESPECTO DEL DIA DE LA LIBERTAD DE PRENSA .
DIPUTADO WILFRIDO LÁZARO MEDINA
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Presidente de la Mesa Directiva
Integrantes de la Mesa Directiva
Compañeras y compañeros legisladores
Acreditaciones de los medios de comunicación
Ciudadanos y representantes de instituciones y organizaciones que nos
acompañan.
En mi carácter de diputado integrante de esta Soberanía y Presidente de la
Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, con la convicción personal de
su oportuna necesidad, me permito hacer el siguiente posicionamiento.
En 1993 la Asamblea General de
las Naciones Unidas proclamó el 3 de mayo como el Día Mundial de la Libertad de
Prensa, siguiendo la recomendación de la Conferencia General de la UNESCO, con
la idea de “fomentar la libertad de prensa en el mundo al reconocer que una
prensa libre, pluralista e independiente es un componente esencial de toda
sociedad democrática”.
La fecha se eligió para que
coincidiera con el aniversario de la Declaración de Windhoek en donde se
pronunciaron los principios fundamentales de la libertad de prensa, elaborada
por representantes de los medios de comunicación africanos que participaron en un evento organizado por la UNESCO en la capital de Namibia.
Desde entonces la UNESCO convoca
cada 3 de mayo a todos los países miembros a reflexionar sobre la libertad de
prensa y los diversos tópicos que atañen a los temas de periodismo, la
información y la comunicación, para de esta forma rendir homenaje a los
periodistas alrededor del mundo que por decisión profesional exponen sus vidas
en el afán de informar a sus audiencias y de promover el libre flujo de la
información.
De acuerdo a un reporte reciente
de Reporteros sin Fronteras (RSF) informaron que “la libertad de prensa en el
mundo está más amenazada que nunca debido a las informaciones falsas y la
retórica antimedios de líderes como Donald Trump”, que deplora asimismo la
grave situación en América Latina, especialmente en México.
Señalaron que al acusar a los
periodistas de publicar informaciones falsas, Trump “no solo compromete una
larga tradición estadounidense de lucha por la libertad de expresión” sino que
“contribuye a desinhibir los ataques contra la prensa en el mundo”.
Así como que en la era de la
posverdad “nada parece frenar el retroceso en las democracias” y países
considerados como vanguardistas y adalides de la libre expresión retroceden en
la clasificación, como Estados Unidos y Reino Unido.
Según el mismo reporte México,
Guatemala, Colombia, Venezuela y Honduras están en el grupo calificado como de
“situación difícil”. En el caso de México se destaca el deterioro que ha
sufrido desde el 2002 año en el que ocupaba el puesto 75 y ahora ha caído más
de 75 puestos en los últimos 15 años, es decir ahora se ubica en el lugar 147
de 180 países, solo detrás de Siria y Afganistán.
Desde que se elaboró el Informe
de 2016 en México, donde según Reporteros sin Fronteras impera la corrupción y
el crimen organizado a nivel local, han sido asesinados 10 periodistas, “con
una nueva avalancha de asesinatos en 2017” “en los estado de Veracruz (la zona
más peligrosa de América para ejercer la profesión), Guerrero, Michoacán y
Tamaulipas, donde es extremadamente peligroso para los periodistas cubrir
noticias y la impunidad para los crímenes contra los medios alimenta un círculo
vicioso” que se profundiza año tras año.
Algunos datos recientes:
En el plano nacional, “desde el
año 2000 123 periodistas han sido asesinados, de acuerdo con el registro más
confiable, el de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Al menos otros 15
están declarados desaparecidos. Cientos de atentados –torturas, vejaciones,
amenazas, tiroteos- han sido perpetrados en el mismo periodo contra
informadores y contra instalaciones de empresas periodísticas”. (Roberto Rock,
El Universal, 7 de abril de 2017).
En los meses de marzo y abril de
este año, en México han sido asesinados
de 4 periodistas: Cecilio Pineda en Guerrero, el 2 de marzo; Ricardo Manlui en
Veracruz el 5 de marzo; Miroslava Breach asesinada en Chihuahua el 23
de marzo; y Maximino Rodríguez, asesinado en
La Paz, Baja California el 15 de abril, lo que ha provocado una ola de
indignación en la población, particularmente entre los propios comunicadores.
También es de hacer notar que el
pasado 2 de abril, después de 27 años de servicio se verificó el cierre
definitivo del Periódico Norte de Ciudad Juárez, Chihuahua, donde colaboraba
Miroslava Breach, cuya “trágica y sentida muerte….me ha hecho reflexionar sobre
las adversas condiciones en que se desarrolla el ejercicio del periodismo”,
dijo su Director y propietario, Oscar Cantú Murguía.
En la Comisión Estatal de
Derechos Humanos (CEDH) de Michoacán en 2015 se presentaron 3 quejas en contra
de la Secretaría de Seguridad Pública, Procuraduría General de Justicia del
Estado y Policía Municipal de Ecuandureo, respectivamente, por la violación a
la libertad de expresión y abuso de autoridad.
En la misma CEDH en 2016 se
presentaron 8 quejas, 4 contra la Policía Michoacán; 1 contra la Policía
Municipal de Tacámbaro; 1 contra la Procuraduría General de Justicia del
Estado; 1 contra el CERESO “David Franco Rodríguez” sección de delitos de alto
impacto; y 1 contra el Sistema Michoacano de Radio y Televisión.
En la misma CEDH en 2017 se
presentaron 2 quejas: 1 contra la Secretaría de Seguridad Pública y otra contra
la Coordinación de Comunicación Social, ambas por violación a la libertad de
expresión.
Las del 2015 se concluyeron por
falta de interés de la parte actora, por lo que fueron archivadas y no se
emitió ninguna recomendación. En cuanto a las del 2016, 6 concluyeron por falta
de interés de la parte actora y 3 están en trámite, más las 2 de 2017, lo que
hace un total de 5 quejas en trámite. Este es un indicador de desatención que
redunda en impunidad.
Las disposiciones de derecho interno e internacional
Todos sabemos que en nuestro
sistema normativo, en el artículo 6º. de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en su primer párrafo establece que “El derecho a la
información será garantizado por el Estado”, y en su párrafo segundo que “Toda persona
tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a
buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier
medio de expresión”.
El artículo 7o. de nuestra Carta
Magna dicta que “es inviolable la libertad de difundir opiniones, información o
ideas, a través de cualquier medio” y en su segundo párrafo establece que
“Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la
libertad de difusión, que no tiene más límites que los establecidos en el
primer párrafo del artículo 6º. de esta Constitución”, que se refiere a que “La
manifestación de la ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o
administrativa, sino en el caso de que se ataque a la moral, la vida privada o
los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturben el orden público;
el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley”.
Así como también que en el primer
párrafo del artículo 1º. de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos establece que en el país “todas las personas gozarán de los derechos
humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales de
los que el estado mexicano sea parte”.
Es por eso que es aplicable lo
contenido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocido como
“Pacto de San José Costa Rica”, al que se adhirió México, según consta en el
Diario Oficial de la Federación del 7 de mayo de 1981, y que en su Capítulo II,
Derechos Civiles y Políticos, artículo 13, Libertad de Pensamiento y Expresión,
donde establece que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y
de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras ya sea
oralmente, por escrito o de forma impresa o artística, o por algún otro
procedimiento de su elección”.
Es por eso que el derecho a la
libertad de opinión y de expresión es un derecho humano garantizado para todos,
en virtud del artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, y de que constituye uno de los pilares
fundamentales de toda sociedad democrática y una de las condiciones básicas
para su progreso y desarrollo
Ley Federal para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y
Periodistas.
Desde el 25 de junio de 2012 fue
promulgada la Ley Federal para la Protección de Personas Defensoras de Derechos
Humanos y Periodistas, misma que en el Capítulo VIII, Medidas de Prevención, en
su artículo 41 establece que “La Federación y las Entidades Federativas en el
ámbito de sus respectivas competencias deberán desarrollar e implementar
Medidas de Prevención”.
En el artículo 42, los órdenes de
gobierno federal y estatal en sus respectivas competencias “recopilarán y
analizarán toda la información que sirva para evitar Agresiones potenciales a
personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas”.
Pero también establece que se
diseñarán sistemas de alerta temprana y planes de contingencia con la finalidad
de evitar potenciales agresiones y “promoverán el reconocimiento público y
social de la importante labor de las Personas Defensoras de los Derechos
Humanos y Periodistas, para la consolidación del Estado Democrático de Derecho,
y condenarán, investigarán y sancionarán las agresiones de que sean objeto.
Este Mecanismo de Protección para
Defensores de los Derechos Humanos y Periodistas ha venido operando desde su
creación en 2012 de acuerdo al “Informe Estadístico Marzo de 2017”, de la
Subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, que encabeza
Miguel Ángel Osorio Chong, registra que entre 2013 y 2017 el total de las
solicitudes de presentadas fueron de
405, de las cuales 175 corresponden a solicitudes de incorporación por parte de
personas defensoras y por parte de periodistas fueron 230.
En este periodo de Michoacán se
presentaron 14 solicitudes y actualmente hay 34 personas beneficiarias, de las
cuales corresponden 26 a defensores de derechos humanos y 8 de periodistas.
De 2012 a 2017 a nivel nacional la
cantidad de expedientes concluidos fue de 115, de los cuales 29 corresponde a
personas defensoras y 86 de personas periodistas. El total de casos atendidos
fue de 1159.
La necesidad de reforzar estos
mecanismos a nivel estatal y actualizar una iniciativa heredada por la anterior
Legislatura, es lo que nos movió a anunciar que en los próximos días presentaré
la Iniciativa de Ley para la Protección
de Defensores de los Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Michoacán de
Ocampo.
Esta nueva Iniciativa trae
consigo algunas novedades como la incorporación de los municipios al Mecanismo
de Protección para Defensores de los Derechos Humanos y Periodistas y toma
cuenta no solo a los periodistas sino a representantes de las empresas de
comunicación dentro del Consejo Consultivo que se propone.
Asimismo, integra las nuevas
disposiciones en materia de acceso a la información pública, de acuerdo con la
nueva legislación federal y estatal.
Define con precisión la
constitución de un fondo para el manejo de los recursos, tal como se establece en
el similar federal.
Para este mismo propósito se hizo
un ejercicio de derecho comparado con la legislación de las entidades federativas,
elaborado por el Instituto de Investigaciones y Estudios Legislativos de este
Honorable Congreso, en el que nos aportó elementos para determinar el contenido
sustantivo e incluimos elementos de la iniciativa legada por la LXXII
Legislatura, particularmente en cuanto a normatividad y derechos sociales.
Todo lo cual nos permite concluir
que es un instrumento adecuado para protección de Defensores de los Derechos
Humanos y Periodistas del Estado de Michoacán de Ocampo. Sin embargo, el que se
hayan realizado esfuerzos significativos no impide que pueda ser perfeccionado
con la participación de otras comisiones y de los legisladores de esta LXXIII
Legislatura en particular, así como de defensores, periodistas y comunicadores
de las distintas modalidades de expresión impresa o digital.
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