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Consejo del Poder Judicial de Michoacán celebra décimo aniversario

·         Fortalecer la imparcialidad, independencia, profesionalismo, eficacia, eficiencia e integridad judicial, uno de sus objetivos

 El Consejo del Poder Judicial de Michoacán, máximo órgano administrativo de la institución y encargado de tomar las decisiones necesarias para una mejor administración de justicia, celebra este día su décimo aniversario.

La creación del Consejo –instalado formalmente el 8 de mayo de 2007- se establece en la Ley Orgánica del Poder Judicial de Michoacán, reformada en 2006, la cual generó una transformación en el Poder Judicial, ya que marcó una clara separación de las funciones jurisdiccionales y administrativas.

Con él, Michoacán se incorporó a la tendencia nacional e internacional que busca consolidar la independencia y autonomía de las judicaturas, mediante la creación de órganos propios, de naturaleza eminentemente administrativa.

Se conforma por cinco consejeros, uno es el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, quien lo preside; uno electo por el Congreso; uno designado por el gobernador del Estado; un magistrado y un juez de primera instancia, ambos electos por sus pares.

Quienes lo conforman -sin importar su origen- ejercen sus funciones como integrantes de este Poder, con independencia e imparcialidad, y por ende, no representan a quien los elija o designe.

Entre sus objetivos destacan el garantizar y fortalecer la imparcialidad, independencia, profesionalismo, eficacia, eficiencia e integridad judicial; y, vigilar la disciplina de las áreas jurisdiccionales y administrativas, entre otros.

Se divide en tres comisiones: la de Vigilancia y Disciplina, donde los consejeros realizan personalmente visitas de inspección a todas las salas, juzgados y áreas administrativas cada año; la de Administración, que dirige y vigila las funciones de administración y finanzas, estadística administrativa y recursos humanos; y la de Carrera Judicial, que desarrolla y promueve actividades de capacitación, formación, actualización y especialización del personal.

El pleno del Consejo tiene, entre otras funciones, crear órganos, áreas o dependencias según las necesidades de trabajo y de acuerdo con las posibilidades presupuestarias; establecer las bases, desarrollar y cuidar el cumplimiento de la carrera judicial. Sobre ésta última, con la creación de este máximo órgano administrativo, se sentaron las bases de una auténtica carrera judicial, al implementar los concursos de oposición para conformar las reservas de las diversas categorías laborales.

A través de sus determinaciones y acuerdos se abona al buen funcionamiento de la institución, destacando en 2016 los siguientes: el Acuerdo en materia de austeridad y disciplina del ejercicio del gasto público; creación del cargo de Traductor en Lenguas Indígenas; apertura de juzgados familiares en Uruapan, Zitácuaro, así como el Octavo en Morelia; creación del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obra Pública y Servicios, además del Padrón de Proveedores; y la integración formal del Comité de Transparencia.


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