Consejo del Poder Judicial de Michoacán celebra décimo
aniversario
·
Fortalecer la imparcialidad, independencia, profesionalismo, eficacia,
eficiencia e integridad judicial, uno de sus objetivos
El Consejo
del Poder Judicial de Michoacán, máximo órgano administrativo de la institución
y encargado de tomar las decisiones necesarias para una mejor administración de
justicia, celebra este día su décimo aniversario.
La creación
del Consejo –instalado formalmente el 8 de mayo de 2007- se establece en la Ley
Orgánica del Poder Judicial de Michoacán, reformada en 2006, la cual generó una transformación
en el Poder
Judicial, ya que marcó una clara
separación de las funciones jurisdiccionales y administrativas.
Con él,
Michoacán se incorporó a la tendencia nacional e internacional que busca
consolidar la independencia y autonomía de las judicaturas, mediante la
creación de órganos propios, de naturaleza eminentemente administrativa.
Se conforma por cinco consejeros, uno es el presidente del
Supremo Tribunal de Justicia del Estado, quien lo preside; uno electo por el
Congreso; uno designado por el gobernador del Estado; un
magistrado y un juez de primera instancia, ambos electos por sus pares.
Quienes lo conforman -sin importar
su origen- ejercen sus
funciones como integrantes de este
Poder, con independencia e imparcialidad, y por ende, no representan a quien
los elija o designe.
Entre sus objetivos destacan el garantizar y
fortalecer la imparcialidad, independencia, profesionalismo, eficacia,
eficiencia e integridad judicial; y, vigilar la disciplina de las áreas
jurisdiccionales y administrativas, entre otros.
Se divide
en tres comisiones: la de Vigilancia y
Disciplina, donde los consejeros
realizan personalmente visitas de inspección a todas las salas, juzgados y
áreas administrativas cada año;
la de Administración, que dirige y
vigila las funciones de administración y finanzas, estadística administrativa y
recursos humanos; y la de Carrera Judicial, que desarrolla y
promueve actividades de capacitación, formación, actualización y
especialización del personal.
El
pleno del Consejo tiene, entre otras funciones, crear órganos, áreas o
dependencias según las necesidades de trabajo y de acuerdo con las posibilidades
presupuestarias; establecer las bases, desarrollar y cuidar el cumplimiento de
la carrera judicial. Sobre ésta última, con la creación de este máximo órgano
administrativo, se sentaron las bases de una auténtica carrera
judicial, al implementar los concursos de oposición para conformar las reservas
de las diversas categorías laborales.
A través de
sus determinaciones y acuerdos se abona al buen funcionamiento de la
institución, destacando en 2016 los siguientes: el Acuerdo
en materia de austeridad y disciplina del ejercicio del gasto público;
creación del cargo de Traductor en
Lenguas Indígenas; apertura de juzgados familiares en Uruapan, Zitácuaro,
así como el Octavo en Morelia; creación del Comité de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obra Pública y Servicios, además del Padrón
de Proveedores; y la integración formal del Comité de Transparencia.
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